El Gobierno anticipa otros siete millones de euros de ayudas al sector cultural

El ministro de Cultura, durante la rueda de prensa en La Moncloa
El titular del Ministerio de Cultura y Deportes, José Manuel Rodríguez Uribes, ha anunciado este martes 19 de mayo la aprobación en el Consejo de Ministros de nuevas ayudas para la Cultura por valor de 7.283.830 euros que se repartirán entre 35 festivales e instituciones de España. La cantidad es un adelanto de las subvenciones que el Gobierno aporta anualmente a entidades organizadoras de temporadas operísticas, centros de arte, festivales de cine, o teatros, entre otros. La medida se suma a los 76.4 millones concedidos en el Real Decreto-ley de medidas de apoyo al sector cultural 17/2020, de 5 de mayo, que incluía además incentivos fiscales para mecenazgo y créditos blandos por 780 millones.

Siguiendo la tendencia de años anteriores, la Asociación Bilbaína de Amigos de la Ópera recibirá 617.500 euros, la Asociación de Amigos Canarios de la Ópera, apenas 15.920, la Fundación del Festival de Ópera de Oviedo, 408.750 euros y la Asociación de Amigos de la Ópera de A Coruña, sólo 75.000 euros. Además se entregarán 197.180 euros al Palau de la Música Catalana. Estas cantidades se suman a las que recibirán, entre otros, la Federación de Gremios de Editores de España (171.600 euros), la Fundación Centro Buñuel de Calanda (20.000 euros), el Teatre Lliure de Cataluña (46.870 euros) o el Teatro de la Abadía de Madrid (69.120 euros).

Los festivales de cine, también tienen asignadas cantidades que se adelantan en esta dotación: el Festival de San Sebastián recibirá 1,1 millones de euros, al de Málaga se asignan 100.000 euros, la Fundación Cultural Festival de Cine Iberoamericano de Huelva ingresará 161.460 y el Festival Internacional de Cinema de Catalunya (Sitges), 125.000 euros. En cuanto al sector del arte, las subvenciones se reparten de la siguiente forma: la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando (624.930 euros), la Fundación Antoni Tàpies (68.740 euros), la Fundación Díaz Caneja (61.000 euros), la Real Fundación Toledo (22.030 euros), la Fundación Joan Miró de Barcelona (90.000 euros), la Fundación Pilar i Joan Miró de Mallorca (60.000 euros), la Fundación de Arte y Pensamiento Martín Chirino (50.000 euros) y la Fundación Torner (otros 50.000).

El Real Decreto-ley de medidas de apoyo al sector cultural 17/2020, de 5 de mayo disponía:

1. Líneas de crédito específicas para las PYMES del sector de las artes escénicas, así como para la industria musical y para otras empresas culturales dotadas cada una de un importe mínimo de 40 millones de euros. Estas líneas de financiación se promoverán a través de la Sociedad de Garantía Recíproca Audiovisual Fianzas SGR, que dará cuenta mensualmente de la distribución de las mismas ante una Comisión de Seguimiento.

2.Acceso extraordinario a la prestación por desempleo. El 45% de los contratos de trabajo del sector artístico, muy especialmente en las artes escénicas y la música, son de obra y servicio, es decir, poseen un carácter intermitente y discontinuo. Este Real Decreto-Ley responde a una demanda histórica del sector al reconocer esta intermitencia laboral y la especial vulnerabilidad de los trabajadores del sector cultural, muchos de los cuales no han podido beneficiarse de los mecanismos de cobertura establecidos hasta la fecha. Para estos casos, se ha articulado un acceso extraordinario a la prestación por desempleo del colectivo de artistas en espectáculos públicos encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social. La duración de la prestación, que será de un máximo de 180 días, se calculará usando como referencia los períodos de ocupación cotizada en el año anterior.

  • Si se han realizado entre 20 y 54 díasde actuación, la duración de la prestación será de 120 días.
  • Si se han realizado 55 días o másdías de actuación, la duración de la prestación será de 180 días.Esta ayuda será incompatible con otras percepciones o rentas concedidas por cualquier Administración Pública. 

3. 38.200.000 euros para al sector de las artes escénicas y la música, de los cuales 23.700.000 corresponden a ayudas extraordinarias con carácter excepcional. Con el fin de apoyar al sector y sus actividades, a los 14.500.000 de euros de la convocatoria ordinaria de subvenciones de este organismo, se suma una dotación de 23.700.000 euros en ayudas de carácter excepcional. Estas ayudas se articularán en diferentes líneas de actuación:

  • Apoyo al mantenimiento de las estructuras de las artes escénicas y musicales.
  • Ayudas a las actividades escénicas y musicales y proyectos culturales.

4. Adelantos y pagos del sector público de contratos de interpretación artística y de espectáculos no superiores a 50.000 euros. La declaración del estado de alarma ha llevado consigo el cierre de la amplia red pública de teatros y salas de espectáculos, ocasionando la suspensión o resolución de contratos de interpretación artística. La insuficiencia de las previsiones contempladas con carácter general en la legislación de contratos del sector público ha privado de forma sobrevenida a los contratistas de unos ingresos previstos y que resultaban fundamentales para su supervivencia y que justifica la habilitación del presente instrumento normativo con las siguientes medidas.

  • Posibilidad de adelanto de hasta el 30% del precio de contratos cuando se acuerde la modificación o suspensión del mismo para ser ejecutado posteriormente.
  • Posibilidad de indemnización de entre el 3 y 6% del precio de contrato cuando se acuerde la resolución del mismo.

5. Aumento de las deducciones fiscales de la Ley de mecenazgo. Se eleva un 5% los porcentajes de deducción previstos para las donaciones efectuadas por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Hasta ahora, las aportaciones de hasta 150 euros disfrutaban de un importe de deducción del 75%, y por encima de esa cantidad, el 30%. Con esta modificación, elevamos los importes de deducción hasta el 80% para los primeros 150 euros y al 35% en lo que exceda esa cantidad. Este último porcentaje de deducción se eleva al 40%, si en los dos ejercicios inmediatamente anteriores se hubieran efectuado donaciones por el mismo importe o superior a favor de la misma entidad.
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